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Violencia política en razón de género

Foto del escritor: Mariana MenesesMariana Meneses

Actualizado: 23 ago 2021

Las mujeres enfrentamos diferentes tipos de violencia, una violencia milenaria que se transforma con el tiempo y revisar cada una de ellas parece una tarea titánica porque en la medida en la que percibimos una resulta necesario ahondar en las causas, consecuencias, agenda institucional, gubernamental y las acciones civiles. En este sentido, hoy que nos encontramos a un par de meses de que se lleven a cabo las elecciones más grandes de la historia, parece necesario una revisión sobre la violencia política en razón de género.

La violencia política en razón de género “comprende todas aquellas acciones u omisiones de personas, servidoras o servidores públicos que se dirigen a una mujer por ser mujer, tienen un impacto diferenciado en ellas o les afectan desproporcionadamente, con el objeto o resultado de menoscabar o anular sus derechos político-electorales, incluyendo el ejercicio del cargo” Esta violencia puede incluir violencia física, psicológica, simbólica, sexual, patrimonial, económica o feminicida. En tanto la violencia política es un atentado contra los derechos político-electorales, esta modalidad de violencia se dirige a votantes, precandidatas, candidatas, representantes electas, funcionarias designadas y militantes o dirigentes de partido.

Las mujeres llevamos menos de un siglo participando actívamente en los procesos políticos-electorales, se han hecho avances significativos al respecto, el más claro y evidente es la reforma Constitucional al artículo 41 de 2014 modificada en 2019 respecto a la paridad de género. Esta establece que:

Los partidos políticos son entidades de interés público; la ley determinará las normas y requisitos para su registro legal, las formas específicas de su intervención en el proceso electoral y los derechos, obligaciones y prerrogativas que les corresponden. En la postulación de sus candidaturas, se observará el principio de paridad de género.

Entonces, los partidos políticos tienen una gran responsabilidad en tanto son de interés público porque son instituciones con el objetivo de representación popular. Considero que los esfuerzos por garantizar la paridad de género han funcionado de manera adecuada, la acompañan mecanismos de sanción a aquellos que no cumplan con la paridad. Sin embargo, es importante señalar que la presencia en cargos populares no implica una verdadera representación, pues en el ejercicio del poder también existen una serie de obstáculos para ellas.

Aunque han logrado tener mayor cantidad de escaños, ejercer el poder no ha sido sencillo ya que la expectativa era que, con ellas presentes, se impulsaran iniciativas favorables para reducir la brecha de género, políticas públicas feministas y contra la violencia de género. Por el contrario, un estudio de caso en el Congreso de Morelos demuestra que pese a la representación de las mujeres, “no ha podido avanzar en términos de representación simbólica ni sustantiva”.

En el mismo estudio se señala que las mujeres participan más que los hombres en la política, aportan mayor número de votos pero obtienen menos candidaturas, tienen menos capacitación y formación política; cuentan con menos recursos para hacer política y experimentan mayor violencia política de género. Entonces, incluso con la paridad, participar activamente resulta complicado por los escasos recursos y la violencia que permanece. Existe una gran presión porque todavía hay quienes afirman -dentro de los Congresos- que las mujeres deberían “regresar a la cocina”, que la vida familiar no les permite ejercer su labor como debería, que no son aptas para los cargos.

Entonces, la violencia de género aborda la importancia de nuestra representatividad, pero además el poder que podamos ejercer en cargos de representación. Nuestra presencia es importante porque así formamos parte, ahora es necesario ejercer poder; que hombres y mujeres se comprometan con fomentar una cultura de no violencia; respeto a los derechos político-electorales; e interacciones de respeto y escucha que fomenten la participación de nuevas generaciones en la política para generar nuevas formas más incluyentes de hacer política.

Ahora que nos encontramos próximos a un ejercicio democrático, es fundamental analizar la violencia política en razón de género y reconocer que la paridad no es suficiente para tener una política incluyente; en la agenda aún queda mucho por hacer.



Bibliografía:

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos [Const]. Art.41.6 de junio 2019. (México)

Elementos para comprender la violencia política contra las mujeres en razón de género. Observatorio de la participación política de las mujeres en Nuevo León. 2021. Recuperado de: https://observatoriomujeresnl.mx/violencia.php

Freidenberg, F y Gilas, K. ¡Ellas tienen los escaños, ellos el poder! Representación legislativa de las mujeres en el estado de Morelos. Revista Mexicana de Ciencias Políticas y Sociales. Nueva Época, Año LXV, núm.240, UNAM, 2020.

Violencia política ¿qué es?. Observatorio de participación política de las Mujeres en México. 2020. Recuperado de: https://observatorio.inmujeres.gob.mx/mvc/view/public/index.html?q=MTA4


Este artículo fue publicado en http://ecologiadelsaber.com/


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